En la época moderna, la economía de los pueblos dependía de una agricultura de subsistencia, y cualquier enfermedad de las plantas o anomalía climática (sequías, heladas, lluvias, granizos, etc.) podía provocar una carencia de alimentos básicos. En 1788, por ejemplo, las autoridades municipales de Villarejo Periesteban expusieron en una escritura pública «el infeliz estado en que se encontraba el vecindario». Explicando que:

Sin embargo el corto vecindario de que se compone este pueblo, pues se reduce al de 30 vecinos poco más o menos, los cuales continuamente por su ejercicio están empleados en las labores y faenas del campo, en que puramente consiste, y depende su subsistencia, y los que a causa de la esterilidad de frutos, y nubes de piedra, que los han destruido en los años anteriores, con principalidad en los de 1780 y 1781, y la epidemia, y enfermedad que les sucedió, y ha continuado por mucho tiempo, colocándolos en la peor continuación y decadencia, se hallan expuestos muchos a mendigar y desamparar el pueblo.

AHPC, Protocolos, P-1912/9, f. 77r.

Por lo cual el abasto de los alimentos de consumo diario (pan, vino, aceite y pescado) era una de las principales competencias de los Consejos municipales. Lo demuestran unas escrituras de 1696 conservadas en el Archivo Municipal de Villarejo. Estas últimas nos informan acerca del sistema de los «obligados», es decir las personas a cuya cuenta corría el abastecer a la villa de algún género de mercancías, después de haber hecho «postura» (puja) en una «almoneda pública» (subasta) con pregón.

Postura de Domingo Moreno, vecino de Belmontejo, enero de 1696 (AMVP)

A principios de 1696, Domingo Moreno, vecino de Belmontejo, hizo «postura en el abasto del vino», fijándose el precio en dos reales para cada arroba de vino, dos y medio si procedía de más de cinco leguas. Blas Calleja y Pedro López hicieron «postura en el abasto de pan cocido» o sea «la panadería de esta villa», obligándose cada uno a acudir al pósito real de la villa con cuarenta panes por cada fanega de trigo. El pósito era un granero municipal en que se guardaba la cantidad de trigo que se tenía de reserva en caso de necesidad. Además, el ayuntamiento puso en arrendamiento la obligación del horno municipal (construido en 1620), de la carnicería (gestión de la dehesa carnicera, matanza cada sábado y martes), de la protección de los montes y, por supuesto, de la tienda del aceite.

La primera mención de una tienda aparece en una escritura pública del 16 de marzo de 1620 firmada ante Miguel Martínez Mateo, escribano de Villarejo Periesteban. Se trata de una obligación por parte de un tal Francisco Calleja, vecino de Cervera, de servir durante un año la taberna-tienda de la villa. Francisco Calleja se comprometía a «dar vino abasto todo el año», trayéndolo desde «las bodegas acostumbradas que son San Clemente, Belmonte y La Osa», y a «dar aceite abasto» de las bodegas de La Osa, Tarancón, Belinchón, Albalate y Almonacid (dos reales cada arroba), pero también del Castillo, Montalbanejo y La Parrilla (un real cada arroba). Además, Francisco Calleja tenía que abastecer la tienda todo el año con un género de pescado (solían ser sardinas), y dos en cuaresma, así como fruta seca o verde, y legumbres. En aquel tiempo, el vino, el aceite de oliva y el pescado eran productos de consumo diario, pero a diferencia del pan, su venta estaba sujeta a un sistema de impuestos indirectos (la sisa real), lo que explica porque tabernas y tiendas estaban reguladas a la vez por la Corona y los ayuntamientos.

Postura de Francisco Calleja, vecino de Cervera, marzo de 1620 (AMVP)

Francisco Calleja no se podía encargar solo de la taberna-tienda, puesto que tenía que recorrer las bodegas de la Mancha de Cuenca. Por lo tanto, tuvo que contratar a un vecino de Villarejo, Domingo Delgado, su fiador en el pueblo, para atender a los clientes. El documento especifica que Domingo Delgado tenía que «dar y medir» el vino, aceite, sardinas y pescado que se gastase en la taberna, y dar posada a Francisco Calleja (y paja para sus bestias) cada vez que estuviera en el pueblo. A cambio, recibía por su trabajo el módico sueldo de diez ducados y medio al año.

Fuentes primarias

ARCHIVO MUNICIPAL DE VILLAREJO PERIESTEBAN, Escrituras públicas pasadas ante Miguel Martínez Mateo, Registro de 1620, Obligación de la taberna y tienda, 16 de marzo de 1620, f. 20v-22r.

ARCHIVO MUNICIPAL DE VILLAREJO PERIESTEBAN, Escrituras públicas pasadas ante Miguel Martínez Mateo, Registro de 1620, Contrato entre Francisco Calleja y Domingo Delgado, 17 de marzo de 1620, f. 22r-23r.

ARCHIVO MUNICIPAL DE VILLAREJO PERIESTEBAN, Escrituras públicas pasadas ante Pedro Valero, Registro de 1696, Posturas del abastecimiento de Villarejo Periesteban.